Condiciones de acceso
- Tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios.
- A partir de los catorce años se podrán seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.
- Se podrá acceder a un curso distinto 1º de Nivel Básico por las siguientes vías:
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones recogidas en la Orden de 11 de noviembre de 2014 permitirá acceder al primer curso del nivel inmediatamente superior del idioma acreditado.
- La prueba de clasificación permitirá el acceso al curso que corresponda de los niveles básico, intermedio y avanzado, para aquellas personas que dispongan de conocimientos previos del idioma.
- El acceso al curso que corresponda no significa que el interesado obtenga plaza directamente. Los aspirantes están sujetos al proceso de admisión.
- Ninguna persona podrá matricularse en un curso igual o inferior a otro que hubiera superado.
- Podrá acceder al siguiente curso o nivel el alumnado que haya superado todas las actividades de lengua y obtenido una puntuación global superior al 50% en uno de los niveles B y C de las pruebas de certificación, sin haber alcanzado el 65% necesario para obtener la certificación del nivel correspondiente.